lunes, 27 de julio de 2009

Negocios pagarán impuesto por escuchar radio o ver tv



Negocios pagarán impuesto por escuchar radio o ver tv



Con el argumento de abatir la piratería, la Sociedad Mexicana de Productores de Fonogramas y Videogramas advirtió que todo negocio que cuente con servicio de cable, radio televisión se le cobrará un impuesto llamado "regalía", por encender el aparato.

Con el argumento de abatir la piratería, la Sociedad Mexicana de Productores de Fonogramas y Videogramas advirtió que todo negocio que cuente con servicio de cable, radio o televisión se le cobrará un impuesto llamado "regalía", por encender el aparato.

Este impuesto, que sería de 7 salarios mínimos, se proyecta cobrar aún cuando los negocios no son de venta de música o videos, medida que fue calificada por los comerciantes como un fraude o intento de extorsión.

Carlos Gómez, gerente de la sociedad, señaló que este cobro es legal, ya que cualquier establecimiento que ofrezca servicios al público, por muy pequeño que éste sea, lucra por utilizar la radio o tv.

Este acuerdo, de la Ley Federal de Derechos de Autor, se aprobó en agosto del 2001.

Toda persona conoce las 'leyendas' que tienen los discos o los videos originales de no copiar parcial o totalmente las imágenes por ser propiedad de un autor o disquera pero la ley no explica el uso de la señal abierta o de cable, con su respectivo contrato, y si deba desembolsar otro pago por ofrecerlo como servicio a clientes de cualquier negocio.

Carlos Gómez aseguró que ya son cientos de miles, sin precisar el número, quienes ya pagan las ‘regalías'.

Lo cierto es que en cualquier calle, estación del metro o tianguis se venden vídeos o música de colección sin temor a ser amonestados por la autoridad.

Por su parte, en entrevista radiofónica, el abogado especialista en derechos de autor, afirmó que la Sociedad Mexicana de Productores de Fonogramas, Videogramas y Multimedia sí tiene sustento legal para cobrar regalías ya que los establecimientos manejan comunicación pública de la obra.

Informó que está legalizado que varias sociedades, como la Somexfon o SACM, acudan a cobrar regalías mensualmente.

Señaló que si el establecimiento no paga, la sociedad puede acudir ante notario público, dar fe del hecho y empezar una acción legal contra el dueño.

Aclaró que en fiestas privadas (como bautizos, cumpleaños o bodas) no aplica el cobro ya que no se realizan con fines de lucro.

En este contexto, recomendó a los empresarios tener mucho cuidado y verificar con las asociaciones la acreditación del representante que acuda a su establecimiento.



SDP.

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