jueves, 4 de marzo de 2010

LA SCJN BENEFICIA A NARCOMENUDISTAS




LA SCJN BENEFICIA A NARCOMENUDISTAS



La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio ayer el primer paso para que detenidos por narcomenudeo obtengan su libertad bajo fianza antes del plazo inicialmente fijado. Al conceder el primer amparo en contra del artículo tercero transitorio del decreto que modificó diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, los ministros avalaron la reducción de la pena máxima de 10 a ocho años de prisión, con lo que los quejosos pueden obtener su libertad bajo fianza. La primera sala del máximo tribunal estableció que la reforma referida –publicada en el Diario Oficial el 27 de agosto de 2009– viola el principio de retroactividad, previsto en el artículo 14 constitucional. Esto, porque el texto impugnado señala que a las personas que hayan cometido un delito de los contemplados en el presente decreto con anterioridad a su entrada en vigor, incluidas las procesadas o sentenciadas, les serán aplicables las disposiciones vigentes en el momento en que se haya cometido. Fuentes judiciales comentaron que la disposición fue aprobada en razón de que las reformas legales aprobadas por el Congreso dejaron un vacío legal, que fue aprovechado por la defensa de un acusado. En este caso, al sujeto acusado de narcomenudista –delito que consiste en que sin autorización se comercie o suministre, aun gratuitamente, narcóticos–, le fue decretado auto de formal prisión, pero en virtud de las reformas aprobadas en 2009 –que reducen la pena de cárcel de cuatro a ocho años, en lugar de hasta 10 años–, solicitó la traslación de la pena. Es decir, que le fuera aplicado el nuevo tipo penal previsto en la Ley General de Salud (narcomenudeo), ya que éste le era más favorable que la pena contemplada por la ley antes de la reforma.

JESÚS ARANDA. PERIÓDICO LA JORNADA. CARTON DEL FISGÓN.

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